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jueves, 05 de diciembre de 2024  
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Imposibilidad sobrevenida en el cumplimiento de obligaciones como consecuencia del COVID-19
Moderación de las obligaciones contractuales por los efectos del coronavirus
Teletrabajo y productividad en tiempos de crisis
ERTEs: Un arma de doble filo para las empresas
Los deudores en situación de insolvencia no están obligados a solicitar el concurso hasta 2021
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Bonos convertibles en acciones: falta de información
Los productos estructurados como inversiones financieras complejas
Valores Santander: comercialización incorrecta y vías de reclamación
Participaciones preferentes: responsabilidad de entidades financieras
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Imposibilidad sobrevenida en el estado de alarma: Contratos con consumidores vs contratos con profesionales

La declaración del estado de alarma en todo el territorio nacional como consecuencia del Covid-19, ha supuesto para muchas empresas la imposibilidad de cumplimiento sobrevenida de diversas obligaciones contractuales asumidas previamente. Mientras que en relación con los contratos suscritos con consumidores, el RD-Ley 11/2020, de 31 de marzo, ha establecido mecanismos de resolución de eventuales controversias, en el caso de contratos entre profesionales el cumplimiento de las obligaciones solo puede modularse a través de la negociación basada en la buena fe de las partes y la cláusula rebus sic stantibus.

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