Estimado cliente,
Le escribimos para informarle de que una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido que las madres tienen derecho al incremento de la deducción por maternidad hasta en mil euros adicionales en el IRPF, por los gastos de custodia en guardería de sus hijos menores de tres años, con independencia de que esta cuente o no con la autorización como centro educativo.
Hasta ahora el criterio de la Administración tributaria para poder solicitar la deducción en el IRPF de hasta 1.000€ por los gastos de guardería, basado en la interpretación del Reglamento del IRPF, era que, estas debían contar con autorización como centro educativo otorgada por la Administración educativa competente, además de con los permisos propios de funcionamiento de la misma.
Sin embargo, mediante esta sentencia el Tribunal Supremo ha afirmado que el criterio de la AEAT impone a las madres un requisito no establecido en la ley, determinando así que aquellos gastos de asistencia, cuidado y alimentación abonados a guarderías son deducibles hasta el límite de los 1.000€ anuales establecido legalmente, con independencia de que cuenten con la autorización como centro educativo.
Por tanto, si tiene gastos de guardería desde el año 2019 en adelante, podría reclamar a la Agencia Tributaria la deducción de los mismos hasta un límite de 1.000€ anual.
Para ello, Unive Abogados pone a su disposición un equipo de profesionales expertos en la materia para asesorarle acerca de la aplicación de esta deducción y el procedimiento y fundamentación correspondientes para reclamarla.
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