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El TJUE facilita la recuperación de los gastos hipotecarios

Estimado cliente, 

Le escribimos para informarle de que el TJUE acaba de publicar una sentencia que permite a los consumidores reclamar sus gastos hipotecarios sin miedo a que se considere prescrita su petición.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado respuesta a las cuestiones planteadas por la Audiencia Provincial de Barcelona en relación a la posible prescripción de las cantidades abonadas por los consumidores por los gastos de constitución de sus préstamos hipotecarios.

En respuesta a la misma, el Alto Tribunal Europeo ha indicado que el plazo de prescripción no puede comenzar a contar en ningún caso desde que estos pagos se produjeron si no consta acreditado que el consumidor tuviera conocimiento en ese momento de la improcedencia de los mismos.

En el mismo sentido, también ha puesto de manifiesto que el hecho de que exista una consolidada jurisprudencia respecto de la abusividad de la imposición de tales gastos al consumidor no sirve como inicio del plazo de prescripción para reclamarlos, puesto que los consumidores no tienen por qué mantenerse informados de los aspectos jurídicos relativos a cláusulas incluidas en sus contratos de préstamos hipotecarios, “habida cuenta del carácter ocasional, o incluso excepcional, de la celebración de un contrato que contenga una cláusula de este tipo”.

Esta interpretación del plazo de prescripción del TJUE implica, en la práctica, que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios resulte imprescriptible, puesto que la acción para instar la nulidad de pleno derecho de la cláusula que los impone lo es, de manera que todo aquel que no haya reclamado sus gastos hipotecarios aún, está a tiempo de hacerlo, pudiendo recuperar, según la doctrina marcada por el Tribunal Supremo, todos los gastos pagados en concepto de Registro de la Propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.

Para facilitar a todos los consumidores el acceso a la reclamación, le ofrecemos la posibilidad de retrasar el pago de nuestros honorarios (250€ más IVA) y los del procurador, al momento en el que usted recupere las cantidades indebidamente desembolsadas, en cuyo caso estos ascenderán al 30% del total recuperado (más IVA) e incluirán los honorarios de procurador.

Aprovechamos la ocasión para recordarles que cualquiera de las modalidades de contratación incluyen nuestros servicios hasta la obtención de sentencia firme (es decir, incluyen ulteriores instancias) y garantía de costas judiciales, por la que en el improbable caso de desestimación de la demanda con condena en costas, Unive Abogados sería cargo de los gastos de abogado y procurador de la entidad bancaria a los que tendría que hacer frente el demandante.

Si desea conocer todas las condiciones de su reclamación, puede contactar con nosotros a través de su abogado de referencia en Unive Abogados o mediante las vías que figuran a continuación:

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