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Mas allá de la incapacitación: el nuevo sistema de apoyos para personas con discapacidad

La reciente reforma de la legislación civil ha supuesto un cambio de paradigma en la protección de las personas con discapacidad. Hemos dejado atrás el antiguo sistema de "incapacitación", que sustituía la voluntad de la persona, para dar paso a un modelo basado en el "apoyo", cuyo objetivo es respetar su dignidad y fomentar su autonomía.

La nueva filosofía: apoyar, no sustituir

Ya no se trata de anular la capacidad de una persona, sino de proporcionarle las herramientas necesarias para que pueda ejercerla en igualdad de condiciones. La finalidad de las medidas de apoyo es "permitir el desarrollo pleno de su personalidad y su desenvolvimiento jurídico en condiciones de igualdad".

Pero, ¿Qué son las "medidas de apoyo"?

La ley prevé un abanico de soluciones flexibles y adaptadas a cada situación particular, lo que la jurisprudencia ha denominado un "traje a medida" para cada persona. Las principales medidas son:

1.     Medidas Voluntarias: La propia persona, en previsión de una futura necesidad, puede establecer quién le prestará apoyo y cómo, a través de poderes preventivos otorgados ante notario. Es una herramienta de autoprotección muy valiosa.

2.     Guarda de Hecho: Se reconoce y regula la figura del cuidador de hecho (normalmente un familiar cercano) que ya viene prestando apoyo de manera informal. La ley le otorga facultades para asistir a la persona en actos de la vida cotidiana.

3.     Curatela: Es la principal medida de apoyo de origen judicial. A diferencia de la antigua tutela, no anula la capacidad de la persona. El juez, tras valorar las circunstancias, determinará la extensión y el tipo de apoyo necesario:

·         Curatela asistencial: Es la regla general. El curador asiste, aconseja y apoya a la persona en la toma de decisiones, pero es esta última quien actúa.

·         Curatela representativa: Es excepcional. Solo se establece cuando la persona no puede expresar su voluntad de ninguna manera. En estos casos, el curador actúa en su nombre, pero siempre buscando lo que la persona habría decidido.

¿Se pueden imponer medidas en contra de la voluntad de la persona?

El respeto a la voluntad de la persona es el pilar del sistema. Sin embargo, en casos excepcionales donde el trastorno que padece la persona le impide ser consciente de su situación de deterioro, se pueden adoptar medidas de apoyo incluso en contra de su voluntad manifestada

¿Cómo se solicitan las medidas judiciales?

El procedimiento se inicia a través de un expediente de jurisdicción voluntaria, y puede ser promovido por la propia persona con discapacidad, si está en disposición de hacerlo, su cónyuge, familiares o el Ministerio Fiscal. El objetivo es siempre buscar la solución menos invasiva y más respetuosa con la autonomía de la persona.

En Unive Abogados somos especialistas en el nuevo marco legal de apoyo a las personas con discapacidad. Si necesita asesoramiento para establecer medidas voluntarias o para iniciar un procedimiento judicial de provisión de apoyos para un familiar, estamos a su disposición para guiarle en cada paso del proceso.

Si quieres que estudiemos tu situación o recibir un presupuesto sin compromiso, puedes contactar con tu abogado de referencia en Unive Abogados o a través de los medios de contacto habituales.

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