Para facilitarle un presupuesto adaptado a sus circunstancias particulares, hemos establecido las siguientes modalidades de rentas:
- Renta básica: Si el contribuyente únicamente posee rendimientos del trabajo y determinados rendimientos de capital mobiliario (intereses de cuentas bancarias y dividendos de acciones) o rendimientos de capital inmobiliario.
- Renta normal: Si el contribuyente tiene además de los rendimientos del trabajo, rendimientos inmobiliarios (ingresos por alquiler de inmuebles), rendimientos de capital mobiliario, deducciones por donativos, deducciones por maternidad, ganancias patrimoniales derivadas de sentencias.
- Renta compleja: Si el contribuyente tuviera además de los rendimientos citados anteriormente, rendimientos de actividades económicas, ganancias patrimoniales por la transmisión de inmuebles, ventas de acciones, ventas de criptomonedas, etc.
- Renta muy compleja: La renta muy compleja se presupuestará de forma individual de acuerdo con el grado de complejidad y dificultad para su realización. En tal sentido, el importe indicado en el presupuesto es orientativo y deberá ser confirmado a la vista de la documentación.
- Renta no residentes: Tendrá la consideración de renta de no residente aquellas declaraciones en las que el contribuyente fuese considerado como no residente en España a efectos fiscales.