Después del varapalo judicial al que fue sometida Bankia tras las Sentencias del Tribunal Supremo de febrero de 2016 que confirmaron las "graves inexactitudes" que contenía el folleto informativo de la OPS, y que llevó incluso a la entidad a iniciar un proceso de devolución del importe invertido en las acciones, aún se cuentan por miles los afectados que no han recuperado su inversión. Sin embargo, la posibilidad de hacerlo aún sigue abierta.
Los inversores que adquirieron acciones de Bankia antes de la reformulación de las cuentas de 2011 de la entidad, publicada el 25 de mayo de 2012, que no hayan podido recuperar su inversión a través del proceso de devolución ofrecido por Bankia hace unos meses ni hayan optado por reclamar judicialmente, todavía se encuentran en disposición de optar por esta última vía, mediante el ejercicio de dos acciones complementarias entre sí:
Por un lado, cabe la posibilidad de instar la declaración de nulidad de las órdenes de compra por error vicio del consentimiento hasta el 19 de abril de 2017, fecha en la cual se cumplirán cuatro años desde que tuvo lugar el contrasplit a través del cual Bankia agrupó sus acciones en la proporción de 100 a 1, y que tuvo su origen en la calamitosa situación financiera de la entidad desde antes incluso de que ésta saliera a bolsa.
Por otro lado, con base en tales hechos, además de la acción de nulidad, los inversores también podrán ejercitar una acción de indemnización por los daños y perjuicios causados, cuyo plazo de prescripción, tras la reforma de la LEC del pasado octubre de 2015, se extiende hasta finales del año 2020.
Por último, y sólo para aquéllos que acudieron a la salida a bolsa de la entidad, también cabe la posibilidad de acudir a la vía penal -compatible con la vía civil, aunque de manera independiente a la misma-, consistente en la personación ante el Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional, en el cual se instruye el llamado "Caso Bankia" por la posible comisión de ilícitos penales, tanto por el propio Grupo BFA/Bankia, como por la cúpula del mismo. En el caso de que finalmente se condene al Grupo por la salida a bolsa y la irregularidad de sus cuentas, aquellos personados en la causa podrán recibir -en el caso de que no lo hayan hecho ya- una indemnización por el perjuicio causado.