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viernes, 06 de diciembre de 2024  
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Trampolín Hills: estado del concurso y vías para reclamar
El concurso de acreedores de Trampolín Hills ha entrado en Fase de Liquidación y la información facilitada por la Administración Concursal permite entrever las escasas posibilidades de recobro de las deudas por parte de sus acreedores. No obstante, existen otras vías para reclamar las cantidades entregadas.

El 20 de mayo de 2015 el Juzgado Mercantil nº 2 de Murcia declaró la apertura de la Fase de Liquidación del concurso de acreedores de la empresa. Posteriormente, la Administración Concursal presentó el Plan de Liquidación para los bienes, plan que quedó de manifiesto en el Juzgado en fecha 15 de junio de 2015.

Una vez abierta la Fase de Liquidación y aprobado el Plan de Liquidación por el Juzgado se procede a liquidar todos los bienes disponibles y con el dinero obtenido se pagarán las deudas de los acreedores según el orden establecido en la Ley Concursal y hasta donde la liquidez obtenida lo permita.

A la hora de evaluar las posibilidades de recobro de los acreedores, debemos tener en cuenta que el pasivo total del concurso asciende a más de 61.000.000 €, de acuerdo al Informe Definitivo de la Administración Concursal. A esta cantidad hay que sumarle los créditos contra la masa, que consisten principalmente en los gastos que va devengando el concurso por su tramitación. De acuerdo al Plan de Liquidación estos gastos ascendían a algo más de 1.000.000 € cuando fue presentado. No obstante, esos gastos se irán incrementando cuanto más se alargue el concurso.

El activo de la empresa con el que pagar esas deudas consiste en 3 lotes de terrenos e inmuebles valorados en 56.000.000 €, aproximadamente. No obstante, el precio final de venta probablemente sea bastante inferior a dicha valoración por varios motivos:
  • Se desconoce la fecha de la tasación en la que se basa la Administración Concursal para otorgarles su valor pero cuanto más antigua sea esta, más alejada estará del valor actual. Dada la falta de tesorería en los concursos de acreedores, resulta una práctica habitual usar las tasaciones disponibles o los valores de escritura, que pueden llegar a tener varios años, por lo que este elemento resulta clave teniendo en cuenta la casi constante caída de precios que ha vivido el sector desde el inicio de la crisis inmobiliaria.
  • El precio obtenido por la venta bienes titularidad de empresas en concurso de acreedores es bastante inferior al precio de mercado y no suele corresponder con los valoraciones dadas, que han de fundarse en criterios objetivos que muchas veces no tienen un reflejo en la situación actual del mercado.
  • La mayor parte del activo está compuesto por fincas rústicas cuyo Plan Parcial no fue finalmente aprobado, con la consiguiente pérdida de valor que ello supone.
Por ello, teniendo en cuenta las deudas existentes, es de esperar que la totalidad de los créditos contra la masa y los créditos privilegiados sean satisfechos en su totalidad, no obstante, no resulta posible decir lo mismo sobre los créditos ordinarios (la gran mayoría de los existentes) y los subordinados.

Teniendo en cuenta estas conclusiones resulta necesario que los afectados busquen otras alternativas de reclamación. Una posible alternativa viene dada por la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece en una reciente sentencia que los bancos deben reintegrar las cantidades adelantadas para la adquisición de vivienda aunque no existiese póliza de seguro o aval solidario contratados.

Por tanto, se abre una nueva vía para que los afectados por el caso Trampolín Hills que reúnan los requisitos establecidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo reclamen las cantidades invertidas.
Datos del asunto:
Aportaciones destinadas al precio de la vivienda
Año de celebración del contrato
Datos del afectado:
Particular Empresa o Sociedad
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