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miércoles, 04 de diciembre de 2024  
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El testamento como manifestación de las últimas voluntades

El testamento constituye el documento en el que una persona, con carácter previo a su fallecimiento y mientras tiene sus facultades físicas y mentales intactas (o con ayuda de medios o apoyos para ello), expresa sus últimas voluntades, designando quiénes serán los sucesores de su patrimonio cuando falte.

El testamento puede contener diversas previsiones en relación con el reparto de la masa hereditaria, como la designación de las personas a quienes se desea transmitir los bienes y derechos, la determinación del modo en que deben repartirse (lo más habitual es dejar cuotas o porcentajes, si bien también es posible atribuir bienes concretos a una sola o a varias personas), el nombramiento de sustitutos para la conmoriencia, premoriencia o incapacidad, la protección de un heredero, etc. Resulta de capital relevancia determinar si el testador quiere que todos sus sucesores asuman sus deudas, en cuyo caso todos serán nombrados “herederos” en el testamento; o bien si prefiere que algunos de ellos queden eximidos del pago de las mismas, para lo cual habrá de asignarles la condición de “legatarios”.

Además, el testamento puede contener otras medidas de carácter personal o familiar, como el reconocimiento de un hijo, la designación de tutor de los hijos en caso de fallecimiento o de un albacea para que vele por el cumplimiento de la voluntad del testador, o la limitación de la edad en la que un determinado bien pasará a ser de un heredero.

El testador no dispone de libertad absoluta para distribuir su patrimonio, sino que existe la obligación legal de repartir una porción concreta, denominada "legítima", a los descendientes, ascendientes y cónyuge, según los casos, denominados por ello "herederos forzosos". Además, hay que tener en cuenta que las normas en materia sucesoria no son iguales en toda España, existiendo ordenamientos jurídicos especiales en determinados territorios, con una regulación diferente de la legítima.

La ausencia de testamento puede dar lugar a numerosos problemas, hasta el punto de que lleguen a heredar personas no deseadas por el fallecido, o que, ante la falta de herederos, los bienes pasen al Estado o a la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, el otorgamiento de testamento aparece como un trámite indispensable si quiere organizar detalladamente y con seguridad su sucesión, así como para contemplar los diversos escenarios que pueden presentarse en el futuro. Partiendo de cada situación personal y familiar, el Departamento de Sucesiones y Planificación de UNIVE Abogados ofrece asesoramiento íntegro al testador, analizando todas las posibilidades en aras a disponer de sus bienes según sus deseos y necesidades, y redactando un testamento a su medida, para que, previo paso por el Notario, su voluntad y la protección de su patrimonio estén garantizados, con la tranquilidad de que se cumplen todas las formalidades legales.

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