Las nuevas tecnologías facilitan cada día la vida de millones de personas, puesto que recibir una factura electrónica, realizar compras a través de páginas web de una amplia gama de tiendas y plataformas, así como tener acceso y control de aquellos movimientos que se llevan a cabo en nuestras cuentas bancarias, era algo impensable hasta hace unos años. Junto con esta serie de facilidades, deben contemplarse los riesgos que derivan de tales prácticas, ya que son cada vez más numerosas las personas que han sufrido algún tipo de fraude basado en técnicas a través de las cuales se obtienen datos de carácter personal.
Destaca entre estas prácticas delictivas el Phishing, el cual constituye una modalidad de estafa consistente en la suplantación de la identidad de una entidad pública o privada, con la finalidad de obtener la mayor cantidad de datos posibles de la víctima; principalmente, los relativos a cuentas bancarias y contraseñas, así como otros datos de carácter confidencial.
Los estafadores suelen crear correos electrónicos falsos, que son enviados de manera masiva y que simulan a la perfección aquel correo que se hubiese recibido en condiciones normales por parte de alguna de las compañías a las que pertenecen las víctimas, con alguna que otra característica diferente, si bien pasa totalmente inadvertida para el usuario destinatario del correo.
La Oficina de Seguridad del Internauta ha alertado, a fecha 14 de junio de 2017, de una campaña de Phishing que suplanta la identidad de la compañía eléctrica EDP a través de su imagen corporativa, y cuyo método ya fue utilizado a finales del año 2016. Los correos electrónicos enviados están redactados en portugués, aunque la citada Oficina pone de manifiesto la posibilidad de que puedan ser enviados también en lengua española.
Otra forma de Phishing muy empleada se lleva a cabo a través de páginas web o ventanas emergentes –aquellas que aparecen sin que el usuario de la página lo solicite, y que normalmente proporcionan información publicitaria- donde se limitan, en la mayoría de los casos, las páginas de bancos.
Todo ello es constitutivo de delito penal, tal y como establece el Código Penal en su artículo 248, donde se recogen, entre otras, estas nuevas modalidades de estafa que se producen a través de la manipulación informática.
Cualquier persona puede ser víctima de alguno de los delitos descritos, puesto que la habilidad de los estafadores para alcanzar una similitud cada vez mayor en relación con las páginas objeto de imitación es más efectiva.
En caso de que usted haya sido víctima de alguno de los delitos descritos o está interesado en llevar cabo alguna acción en relación con la protección de datos, desde UNIVE Abogados ofrecemos asesoramiento jurídico tanto a personas físicas como jurídicas, llevando también a cabo todas aquellas tramitaciones que se consideren oportunas y necesarias para hacer valer sus derechos.