El Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Tudela ha dictado sentencia a favor de un cliente de UNIVE Abogados, que demandó a Generali España como consecuencia del incumplimiento del contrato de seguro suscrito.
Nuestro representado firmó una póliza de jubilación, incluyéndose en las condiciones particulares que el asegurado, llegado el momento, podría optar, bien por una indemnización de 17.709,16€, bien por una renta vitalicia mensual de 1.182,79€. No obstante, cuando quiso ejercer su derecho y solicitó la segunda opción garantizada, por parte de la compañía aseguradora hubo una clara negativa, intentando variar el importe de la pensión y exigiendo la suscripción de nuevos seguros para su concesión, apoyándose en lo previsto en las condiciones generales.
La sentencia realiza un análisis detallado de la póliza y hace especial hincapié en que nos encontramos ante contratos de adhesión en los que, tanto las condiciones particulares como las generales, deben redactarse de forma clara y precisa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley del Contrato de Seguro. Asimismo, concluye afirmando que cualquier excepción o restricción a las garantías aseguradas debe ser destacada, conocida, aceptaba y suscrita por las partes y, dado que en el presente caso no se cumplían estos requisitos, debía estimarse la demanda interpuesta y condenar a la Generali España a cumplir lo estipulado.
En UNIVE Abogados ponemos a su disposición un equipo de profesionales especializado en la materia, que le prestará el asesoramiento jurídico necesario, para evitar este tipo de prácticas por parte de las compañías aseguradoras, asistiéndole integralmente en cualesquiera vías de actuación posibles para su total satisfacción.
Si necesita cualquier aclaración puede contactar con nosotros en el teléfono gratuito 900 103 382 o mediante correo electrónico: info@unive.es